El Senado de la República recibió una propuesta para que las personas trabajadoras que sean responsables únicas del cuidado cotidiano de una hija o hijo menor de 12 años puedan solicitar una modalidad de organización flexible de su jornada laboral. La iniciativa fue presentada por el senador Francisco Daniel Barreda Pavón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, y plantea que ese derecho no implique reducción de salario cuando se mantenga íntegramente la duración de la jornada convenida.
La propuesta se enfoca en un universo laboral específico: madres y padres solteros, así como cualquier trabajador que, sin pareja o red de apoyo suficiente, asuma en solitario las tareas de crianza y cuidado de menores de 12 años. Para ese grupo, la rigidez de los horarios tradicionales suele convertirse en un obstáculo para atender citas médicas, actividades escolares o emergencias del día a día.
El texto plantea una flexibilidad organizativa, no una reducción de derechos. Es decir, la persona podría ajustar la distribución de sus horas de trabajo siempre que se respete la duración total de la jornada pactada. Con ello se busca que el ingreso no se vea afectado, un punto central porque la reducción de salario es una de las principales razones por las que los trabajadores con responsabilidades familiares evitan pedir cambios de horario.
En México, la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo ha documentado de manera recurrente que una parte importante de la población trabajadora tiene responsabilidades de cuidado no remuneradas. La carga suele recaer de forma desproporcionada en las mujeres, pero también afecta a hombres que crían solos. La ausencia de esquemas flexibles puede empujar a la informalidad, a la rotación laboral o a la renuncia, con costos tanto para las familias como para las empresas.
La iniciativa se inscribe en un debate más amplio sobre conciliación entre vida laboral y familiar. En los últimos años se han discutido en el Congreso medidas como licencias de paternidad, permisos por cuidados y esquemas de trabajo híbrido. Sin embargo, la legislación laboral mexicana aún carece de un derecho general y exigible a la flexibilidad horaria para quienes cuidan a menores, salvo arreglos voluntarios con el patrón.
De aprobarse, la medida tendría consecuencias prácticas para trabajadores y empleadores. Las personas responsables únicas del cuidado podrían solicitar ajustes sin temor a perder ingresos, mientras que las empresas tendrían que definir mecanismos internos para evaluar solicitudes, organizar turnos y verificar que se cumpla la jornada completa. El reto será evitar que la flexibilidad se traduzca en cargas adicionales o en discriminación velada hacia quienes la soliciten.
La propuesta también abre la pregunta sobre quién determina la condición de responsable único. La redacción inicial habla de quien ejerce el cuidado cotidiano, pero su aplicación requeriría criterios claros para evitar disputas entre trabajadores y patrones, así como para impedir que el derecho se use de forma discrecional. Sin reglas operativas, el riesgo es que la flexibilidad quede como una buena intención sin efecto real.
El Senado deberá discutir la iniciativa en comisiones y, en su caso, someterla al pleno. Al tratarse de una reforma laboral, cualquier cambio tendría que armonizarse con la Ley Federal del Trabajo y con los convenios internacionales firmados por México en materia de corresponsabilidad. El resultado dependerá de la negociación entre fuerzas políticas y de la capacidad de construir un consenso que no genere incertidumbre jurídica.
Más allá del trámite legislativo, el debate toca una realidad cotidiana: millones de familias mexicanas organizan su vida alrededor de horarios rígidos que no siempre se adaptan a las necesidades de crianza. La discusión sobre jornadas flexibles para madres y padres solteros pone sobre la mesa cómo el mercado laboral puede reconocer esas responsabilidades sin castigar el ingreso ni la estabilidad de quienes las asumen.
