En una sesión extraordinaria urgente de carácter privado, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó procedente la adopción de medidas cautelares contra el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y su presidente nacional, Alejandro Moreno Cárdenas, por la difusión de publicaciones en redes sociales que fueron denunciadas como calumniosas por Morena. La queja, presentada por el partido guinda, señaló que las cuentas oficiales de Moreno y del PRI compartieron contenidos donde se calificaba a Morena como “narcogobierno”, “narcopropagandista”, “narcopolíticos”, “narcodictadura”, “Cartel de morena” y “narcopartido”. Según Morena, estas expresiones le atribuyen falsamente vínculos con el narcotráfico y la delincuencia organizada, lo que constituye una imputación de hechos falsos.
La Comisión analizó el material y consideró que cinco publicaciones realizadas desde la cuenta personal de Alejandro Moreno y cuatro publicaciones o reposteos difundidos por la cuenta oficial del PRI podrían constituir la imputación de hechos o delitos falsos en perjuicio de Morena. En su resolución, el órgano electoral subrayó que no existe un sustento fáctico que vincule al partido denunciante con actividades de narcotráfico, por lo que las expresiones encajan en el concepto de calumnia electoral, definido como la imputación de hechos o delitos falsos.
Como parte de las medidas cautelares, el INE ordenó al PRI y a Alejandro Moreno eliminar o bloquear el acceso a las nueve publicaciones señaladas en un plazo no mayor a seis horas a partir de la notificación. Además, se les apercibió de que, en caso de reincidencia, podrían hacerse acreedores a sanciones más severas, incluyendo multas o incluso la suspensión de actividades. La Comisión también instruyó a las plataformas de redes sociales correspondientes para que colaboren en el retiro del contenido.
No obstante, la Comisión declaró improcedente la tutela preventiva solicitada por Morena. Esta petición buscaba que se ordenara al PRI y a su dirigente abstenerse de realizar futuras publicaciones con contenido similar. El órgano electoral argumentó que la tutela preventiva se basaba en hechos futuros de realización incierta, lo que no cumple con los requisitos legales para su procedencia. Es decir, no se puede sancionar anticipadamente una conducta que aún no ha ocurrido y cuya ocurrencia no puede garantizarse.
Esta resolución se suma a una serie de casos donde el INE ha intervenido para regular el discurso político en redes sociales durante procesos electorales. En los últimos años, el instituto ha establecido criterios para distinguir entre crítica política y calumnia, especialmente cuando se utilizan términos que asocian a los partidos con actividades ilícitas. La decisión también refleja la tensión entre la libertad de expresión y el derecho al honor en el ámbito político, un equilibrio que el INE debe cuidar para no inhibir el debate público pero sí evitar la difusión de información falsa.
Para el ciudadano común, esta medida significa que los partidos políticos y sus dirigentes no pueden hacer acusaciones graves sin sustento, incluso en redes sociales. En un contexto donde las campañas electorales se libran cada vez más en plataformas digitales, el INE busca garantizar que la competencia política se desarrolle con base en hechos verificables. La decisión también envía un mensaje a otros actores políticos sobre los límites de la propaganda negativa.
Alejandro Moreno y el PRI tienen la posibilidad de impugnar esta resolución ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Hasta el momento, ni el dirigente ni el partido han emitido una postura pública sobre la determinación. Morena, por su parte, celebró la medida como un paso contra la difamación, aunque señaló que esperarán la resolución final del tribunal para definir si presentan más quejas.
El caso pone sobre la mesa la responsabilidad de los partidos en la comunicación política. Con las elecciones de 2027 en el horizonte, este tipo de resoluciones podrían sentar precedentes sobre cómo se manejan las acusaciones en el ámbito digital. El INE, como árbitro electoral, continúa afinando sus mecanismos para preservar la equidad y la veracidad en la contienda, aunque siempre bajo el escrutinio de quienes consideran que ciertas medidas podrían limitar la libertad de expresión.
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La Comisión de Quejas del INE ordenó retirar nueve publicaciones del PRI y su dirigente Alejandro Moreno por vincular a Morena con el narcotráfico sin sustento. Se negó la tutela preventiva por ser especulativa.
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